martes, 23 de octubre de 2007

LIBRANZA RESIDENTES

A/atc.: Gerentes de Departamento

Buenos días a todos/as:

El médico residente goza de los mismos derechos que el resto de facultativos dentro del Decreto de Jornada, según el Acuerdo de 18 de diciembre de 2006 de la Consellería de Sanidad suscrito en el ámbito de la Mesa Sectorial de Sanidad. Por ello se insta a todos los Departamentos Sanitarios que trasladen a los responsables de las unidades con médicos residentes la obligatoriedad del descanso posterior a la realización de la guardia así como las libranzas correspondientes a los festivos y domingos.Asimismo, se recuerda que esta obligación es conocida por las Juntas de Personal de los Departamentos que realizan un seguimiento de dicho Acuerdo.

Atentamente.

Luís E. Rosado Bretón
Director Gerente de la Agencia Valenciana de Salud
C/ Micer Mascó, 31
46010 -- Valencia