martes, 23 de octubre de 2007

LIBRANZA RESIDENTES

A/atc.: Gerentes de Departamento

Buenos días a todos/as:

El médico residente goza de los mismos derechos que el resto de facultativos dentro del Decreto de Jornada, según el Acuerdo de 18 de diciembre de 2006 de la Consellería de Sanidad suscrito en el ámbito de la Mesa Sectorial de Sanidad. Por ello se insta a todos los Departamentos Sanitarios que trasladen a los responsables de las unidades con médicos residentes la obligatoriedad del descanso posterior a la realización de la guardia así como las libranzas correspondientes a los festivos y domingos.Asimismo, se recuerda que esta obligación es conocida por las Juntas de Personal de los Departamentos que realizan un seguimiento de dicho Acuerdo.

Atentamente.

Luís E. Rosado Bretón
Director Gerente de la Agencia Valenciana de Salud
C/ Micer Mascó, 31
46010 -- Valencia

2 comentarios:

Anónimo dijo...

Curioso, que nadie lo comente, ¿lo ha leido alguien?

Anónimo dijo...

Sí, es muy curioso que no lo comenten. Nosotros en el servicio usamos el libro Mediuris, en la zona mir vienen todos nuestros derechos y el otro día más de uno se quedó un poco cortado de que fueron los R1 y R2 de Gine con el libro en la mano a ver al tutor y al coordinador de urgencias para ver qué pasaba.

Nosotros cualquier duda legal que tenemos la consultamos en el Mediuris y estamos contentas.

Un saludo.

Carmen.
R2 Gine